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PSC pide al Gobierno que se aplique "el principio de retroactividad con la finalidad de corregir las situaciones de arbitrariedad, inseguridad jurídica y los perjuicios patrimoniales
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En concreto, la Cámara regional debatirá dos proposiciones no de ley, una presentada por el Pacto CC-PP y otra por el PSC para adaptar las leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales protegidos con el fin de adaptarlas a la realidad de las áreas metropolitanas del Archipiélago.
Aunque en principio podría parecer que las tres fuerzas políticas quieren lo mismo, lo cierto es que la propuesta socialista va más allá de la iniciativa del Pacto, que se limita a aumentar los límites de edificabilidad para solucionar el problema concreto de la capital tinerfeña en base a un nuevo cálculo del número de habitantes por hectárea, pero sin concretar ese aumento.
Los grupos del Pacto consideran que la actual redacción del texto legal carece de "flexibilidad" y no hace distinciones entre las distintas realidades urbanas de Canarias. No obstante, y como ha asegurado el presidente del Grupo de CC, José Miguel González, la intención de los partidos que apoyan al Ejecutivo regional “no es aumentar las densidades sino que lo que ya está hecho se quede dentro de ordenación”.
Sin embargo, el PSC pretende “regularizar la figura de las viviendas que están fuera de ordenación" en los municipios del Archipiélago incluyendo "recursos económicos para indemnizar a sus propietarios", tal y como ha explicado el portavoz del Grupo Socialista, Santiago Pérez.
En concreto, el PSC pide al Gobierno que se aplique "el principio de retroactividad con la finalidad de corregir las situaciones de arbitrariedad, inseguridad jurídica y los perjuicios patrimoniales" como, a juicio del PSC, ocurre con el PGO de Santa Cruz de Tenerife, por lo que también quiere que se suspenda la ordenación propuesta sobre el suelo urbano consolidado en el plan de la capital tinerfeña.
Esta suspensión afectaría tanto a los edificios y viviendas legales fuera de ordenación "como consecuencia de la aplicación de los estándares límite" fijados en la citada ley, "como a aquellos edificios o solares a los que se atribuyan mayores edificabilidades, volúmenes o índices mayores de ocupación que signifiquen mayores aprovechamientos urbanísticos, respecto a los reconocidos" en el vigente plan, que data de 1992.
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